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Toda persona tiene derecho a acceder al servicio público en condiciones de igualdad, y los ascensos será en base al principio del mérito. En cumplimiento a la Ley 41-08 sobre Función Público, y al literal ¨J¨ del articulo 3 de la Ley 200-04 sobre Libre Acceso a la Información Pública, este apartado presentará un enlace con acceso directo al portal concursa https://map.gob.do/Concursa/, administrado por el Ministerio Administración Pública, o cualquier otro vinculo que lo reemplace.